¿Cómo inscribir a su hijos en Colegios y Escuelas de Costa Rica?

La educación en Costa Rica es un derecho para todos los ciudadanos, tanto nacionales como extranjeros.

Toda persona menor de edad, independientemente de su condición migratoria, tiene derecho a acceder a nuestro sistema educativo. Por lo tanto, un niño, niña o adolescente migrante, ya sea que se encuentre en condición irregular o regular en nuestro país, tiene derecho a la educación preescolar, general básica y diversificada.

La matrícula de un estudiante menor de edad (independientemente de su nacionalidad, país de procedencia o condición migratoria) la puede realizar el padre o madre de familia, el representante legal o quien ejerza la guarda y crianza, quien, mediante esta gestión, asume la responsabilidad, inherente a la educación del alumno o alumna (Art. N°9, Reglamento de Matrícula y Traslado de Estudiantes, decreto N°31663-MEP).

Esta gestión debe realizarse ante el Director o Directora de la institución educativa donde la persona, menor de edad, va a estudiar cercano a su domicilio.

¿Cómo inscribir a su hijos en Colegios y Escuelas de Costa Rica?
La educación en Costa Rica es un derecho para todos los ciudadanos, tanto nacionales como extranjeros, aún si no esta definida su condición migratoria.

Requisitos para matricular a un niño, niña o adolescente, procedente del extranjero

La persona responsable que realice el proceso de matrícula deberá presentar los siguientes documentos:

  • Recibos de servicios públicos o una constancia extendida por la Delegación Cantonal o de Distrito (Art. 12, Reglamento de Matrícula y Traslado de Estudiantes).

Además, de acuerdo con el grado o nivel en que se vaya a matricular al niño, niña o adolescente, se deben cumplir ciertos requisitos particulares, a saber:

Prescolar y I y II Ciclo de Educación General Básica (Primaria):

Documentos a presentar ante el director de la institución educativa:

  • Partida de Nacimiento o documento probatorio edad (Apostillada de ser posible).
  • Certificado de Promoción del último año cursado y aprobado.
  • Boleta o Constancia de Notas del último año cursado y aprobado.

III Ciclo de Educación General Básica y Educación Diversificada:

Al igual que en el caso de la educación primaria, cuando un estudiante extranjero va a matricularse en secundaria, debe presentar una certificación, legalizada y apostillada, del último año cursado y aprobado.

Documentos:

  • Partida de Nacimiento o documento probatorio edad (Apostillado).
  • Notas certificadas, legalizadas y Apostilladas.
  • Presentar las Notas Certificadas antes el MEP* para su correspondiente equivalencia.

*  El Departamento de Evaluación Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad del MEP es la dependencia responsable de la certificación de los títulos y notas del exterior. Si usted es solicitante de refugio, puede acudir a esta instancia para que le eximan de presentar notas y títulos apostillados.

Los estudiantes extranjeros que quieran cursar sus estudios en este país, podrán matricularse aun si su condición migratoria no se encuentra definida. Pero deberán tramitar su permiso de residencia correspondiente en la Oficina General de Migración y Extranjería lo antes posible.*

Plazo de matrícula en el año lectivo

El estudiante que proviene del extranjero puede matricular antes del 30 de mayo, sin ninguna limitación. La institución educativa que le corresponde, le brindará los objetivos y contenidos de cada asignatura en las que se debe examinar, para establecer las calificaciones de ese primer período. Si es matriculado posterior a esa fecha, podrá asistir como oyente por el resto del período.

¿Cómo inscribir a su hijos en Colegios y Escuelas de Costa Rica?

* A raíz de las resoluciones N° DJUR-0028-02-2021-JM y N° DJUR-0176-10-2021-JM la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), el Ministerio de Educación Pública (MEP), el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) en alianza con la Oficina de Población, Refugiados y Migración del Departamento de Estado de los Estados Unidos y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) están trabajando en conjunto para la regularización de los estudiantes menores de 21 años matriculados en el Sistema Educativo Público, si usted conoce o es una persona estudiante extranjera con estas características ingrese a la página web de Migración, www.migracion.go.cr, y en el menú superior ubique el link Estudiante MEP.